¿Qué es el Manual General de Operaciones para el Transporte Terrestre?
El Manual General de Operaciones para el Transporte Terrestre de Personas, es aquel documento donde se establecen los aspectos relacionados con la seguridad en el servicio y las políticas y procedimientos generales respecto a las operaciones y servicios que se prestarán.

Asimismo, el Manual General de Operaciones deberá contener la normalización, instrucciones e información necesaria respecto del manejo de la empresa, que permita al personal desempeñar sus funciones y responsabilidades. Este Manual debe ser aprobado por un órgano de la persona jurídica y actualizado permanentemente.
Cabe señalar que el Manual General de Operaciones, es un requisito solicitado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones MTC – PERU, para que el transportista pueda acceder al permiso de operación del transporte terrestre de personas, tanto para el servicio de Transporte regular de personas, como para el transporte especial de personas (Transporte Turístico / Turismo – Transporte de Personal / Trabajadores)
El númeral 42.5.1 del artículo 42° del RENAT, señala que toda empresa de transporte debe elaborar, utilizar y aplicar un Manual General de Operaciones, que incluya la normalización, instrucciones e información necesaria respecto del manejo de la empresa, que permita al personal desempeñar sus funciones y responsabilidades. Este Manual debe ser aprobado por un órgano de la persona jurídica y actualizado permanentemente.
¿Cómo elaborar un Manual General de Operaciones, de acuerdo a lo solicitado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC?
Para la elaborar o hacer un Manual General de Operaciones para el servicio público del transporte terrestre de personas (Turismo, Personal o Trabajadores y Regular), debe cumplir con lo siguiente: Haz click aquí para seguir leyendo.
¿Cómo elaborar un Manual General de Operaciones?
Para elaborar, crear o hacer un Manual General de Operaciones para el servicio público del transporte terrestre de personas, se debe cumplir con lo señalado en el númeral 42.5.1 del artículo 42° del RENAT (D.S. 017-2009-MTC), el mismo que deberá contener los siguientes puntos:
Puntos que debe tener un Manual General de Operaciones: